No digo yo que el “Fuero de
Cáceres” sea un libro de mesilla para los cacereños, pero sí que al menos
una síntesis de él o algo de su contenido, debería ser conocido de todos,
puesto que ese antiquísimo “Fuero”
fue la ley que rigió los destinos de nuestra villa y su territorio que era tan
extenso casi como la actual provincia. Digo villa, porque Cáceres, como Madrid,
fue villa hasta 1881 en que, por una equivocación de Alfonso XII, se nos dio el
título de ciudad, cuando a mi juicio hubiera sido más singular ser villa y
capital de provincial, al igual que Madrid es villa y Corte.
Pero volvamos a lo nuestro. Pienso yo que, teniendo ahora una Facultad
de Derecho, alguien de ella (y esto es sólo sugerencia) podría encargarse de
hacer una divulgación “digesta” de
ese “Fuero” en lo que pueda ser
curioso para los cacereños actuales, sin terminologías técnicas y más bien
contando curiosidades del mismo.
Para ir por delante, a título de curiosidad, diré que dicho “Fuero” dice, más o menos, que “En Cáceres sólo habrá dos palacios, el del
Rey y el del Obispo”, cosa que, leída por los actuales cacereños no acaba
entendiéndose porque a cada una de las casas de la ciudad monumental las llamamos
actualmente palacios. Bien, voy a aclarar esta aparente contradicción diciendo
que en la época en que el “Fuero” fue
escrito la denominación de palacio sólo la recibían las casas que tenían
concedido “derecho de asilo”, o sea,
que el reo que allí se refugiaba, quedaba protegido de sus perseguidores. Esa
denominación, y por tanto ese derecho, sólo lo tenían en Cáceres el Alcázar del
Rey (desaparecido) y el Palacio Episcopal, que aún existe.
Como ven, en el “Fuero” hay
muchas cosas curiosas que contar.
Diario HOY, 27 de junio de 1987
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